NORMAS GENERALES Y DE CONDUCCION:

1. El Arrendador alquila al Arrendatario, cuyos datos y firma figuran en este contrato, el vehículo que se especifica en dicho contrato, de conformidad con las clausulas, anexos y condiciones que se establecen en el contrato y el Arrendatario acepta y se compromete a cumplirlos.

2. El Arrendatario declara haber recibido el vehículo en perfectas condiciones mecánicas como estéticas y de limpieza. El Arrendatario utilizara y conducirá el Vehículo de acuerdo con la legislación vigente de la normativa de tráfico, y conforme a los criterios que el fabricante del vehículo específica para su uso (Ficha Técnica y Permiso de Circulación). Es necesario que el arrendatario lleve siempre el contrato físico en vigor en el vehículo, ya que si no lo lleva  podrá ser multado por las autoridades españolas.

3. El Arrendatario utilizara el Vehículo conforme a la normativa vigente que le afecte según la tipología del vehículo y/o que dicho vehículo no se utilice para transporte remunerado de pasajeros; en cualquier carrera de velocidad o competición deportiva, bien sea pública o privada; conducción bajo los efectos del alcohol, remolcar cualquier vehículo

4. Únicamente el arrendatario podrá conducir el Vehículo alquilado y para ello siempre tendrá que cumplir la normativa de tráfico para la conducción de vehículos vigente, debe tener los permisos y licencia de conducción que le acredite el poder conducir el vehículo alquilado. El arrendatario mostrara dicha documentación que le faculta para conducir al arrendador antes de la formalización del contrato de alquiler.

5. El Arrendatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato el Vehículo en buen estado de utilización y tomando las medidas de seguridad necesarias para evitar tanto el robo del vehículo como el de la documentación, para ello el arrendador le entrega una serie de mecanismos y candados. Así mismo revisara los líquidos del vehículo y reponerlos en caso de que no estén en su nivel óptimo, si el vehículo mostrase alguna avería contactará con el arrendador o con la asistencia en carretera del seguro el cual recogerá el vehículo averiado, siempre con las limitaciones indicadas en la póliza de seguros pero nunca deberá emprender la marcha con el vehículo averiado y/o siniestrado. No se aceptaran cargos de la asistencia en carretera fuera de los contratados en el seguro del vehículo, siendo estos por cuenta del arrendatario. El Arrendatario estacionara siempre el vehículo en zonas habilitadas para dicho vehículo.

6. El Arrendatario tiene totalmente prohibido ceder, pignorar, vender, alquilar, realquilar, hipotecar o de cualquier otra forma de dar en garantía, el vehículo, tanto de forma conjunta como por piezas o accesorios del mismo.

7. El Arrendatario se compromete a que el arrendador le facture y cobre cualquier incidencia acaecida durante la vigencia del contrato y que sea responsabilidad del arrendatario, aceptando el arrendatario los cargos que por estas razones se le carguen en su tarjeta de crédito y/o débito, sin que sea necesario autorización expresa. Existe un anexo a disposición del arrendatario y al cual se le entrega una copia donde podrá ver las cantidades a facturar en caso de que haya incidencias en la devolución del vehículo, aceptando con la firma de este contrato dicho anexo.

PRECIO, FIANZA Y CARGOS EXTRAS

8. El precio del alquiler será el indicado en el contrato de alquiler, en este precio está incluido el seguro obligatorio del vehículo, daños a terceros. Los daños propios, el robo, la pérdida, incendio, actos vandálicos, equipajes y demás incidencias no están cubiertos por el seguro contratado, por lo que el arrendatario asume plena responsabilidad por dichos supuestos no asegurados y abonará al arrendador el coste total que ello suponga si perjudica a esta de forma directa o indirecta, sin límite alguno.

En caso de que sea posible, el coste de contratación de los seguros de robo, pérdida total o parcial, daños sufridos en vehículo propio, se abonarán aparte y su contratación por parte del Arrendatario, en su caso, deberá realizarse expresamente escogiendo el seguro y los precios cargados al Arrendatario por tales conceptos serán añadidos al precio total del alquiler. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro; y quedan sujetas a lo pactado en el condicionamiento general y particular de la misma y a lo regulado por la legislación vigente.

 Existe una copia del seguro contratado que podrá ser consultada en todas las oficinas de Arrendador, que el Arrendatario afirma haber leído. En todo caso se establece una franquicia o responsabilidad máxima a cargo del Arrendatario que devengará y se deberá abonar al Arrendador cuando acontezca alguno de los supuestos asegurados.

En caso de alquiler de bicicletas o e-bikes no hay ningún tipo de seguro, asumiendo el arrendatario la responsabilidad que se derive de la utilización del vehículo alquilado.

9. La duración del alquiler será la pactada en el contrato. Todas las tarifas de MotoCity Rent están cotizadas en euros. Un periodo extra de 15 minutos sobre la hora de devolución pactada no tendrá cargo alguno, superado dicho tiempo se cobrará un coste adicional de 10€/30 minutos y una multa de 65 euros a cargo del Arrendatario por cada día que pase. Si el Arrendatario no devuelve el vehículo en plazo se entenderá prorrogado el contrato de alquiler de forma tácita si el Arrendador no se opone a ello, devengándose los correspondientes importes de precio de alquiler por cada día que pase más las multas adicionales establecidas por cada día que pase sin que el Arrendatario formalice los correspondientes documentos de prórroga del contrato con el Arrendador.

Existen a disposición del arrendatario cascos adicionales, guantes y otros accesorios que deben solicitarse con antelación a la entrega del vehículo. Este servicio tendrá un cargo dependiendo del material solicitado y según nuestras tarifas vigentes. El arrendatario será responsable de la conservación y buen uso de los accesorios incluyendo llaves y carpeta de documentación; en caso contrario, podrá existir una penalización que cubra el valor del accesorio perdido / deteriorado.

10. La fianza será imprescindible para poder alquilar, y se estimara una cifra entre 60€ y 200€ según el vehículo alquilado y nunca será parte del pago del propio alquiler. Se devolverá a la entrega del vehículo alquilado, siempre que esté en perfecto estado, en caso de que haya algún desperfecto se cobrara de dicha fianza, si el importe a cobrar fuese superior al de la fianza el arrendatario pagara la diferencia al arrendador en caso contrario el arrendador cobrara la diferencia de la tarjeta de crédito sin que el arrendador vuelva a firmar, autorizando el arrendatario al arrendador a realizar dicha acción con la firma de este contrato. Si el Arrendatario prorrogara el tiempo de alquiler marcado en el contrato deberá tener la autorización expresa del arrendador y pagar en ese mismo acto la diferencia de precio. Se especificará en cada contrato los Km máximos que podrá hacer por día (min.30Km/día y máx. 100Km/día dependiendo de la tarifa contratada), el exceso de Km diarios se facturara a 0.25€/Km, en caso de no especificar nada en el contrato se tendrá en cuenta la cifra de 75Km/día máximo.

11. El arrendatario pagara siempre en euros, procurará pagar mediante tarjeta de crédito, tarjeta de débito, intentando evitar pagos en efectivo (el arrendador podrá negarse a recibir pagos en efectivo). Solo mediante autorización expresa por parte del arrendador pagara en otra moneda distinta al euro.

CANCELACION DE CONTRATO

12. En caso de reserva anticipada, siempre que el arrendatario avise con una antelación mínima de 2 horas a la fecha y hora de entrega del vehículo obtendrá la devolución del dinero, tanto sea un pago parcial o pago total de alquiler. En caso contrario no se le devolverá el dinero salvo por una causa de fuerza mayor a valorar por el arrendador.

ENTREGA Y DEVOLUCION VEHÍCULO

13. El Arrendatario se compromete a devolver el vehículo al Arrendador en la fecha y hora prevista y en el lugar acordado en el contrato de alquiler y devolverá el vehículo con el mismo nivel de combustible con el que se le entrego, en caso contrario deberá pagar el combustible consumido.

14. La vigencia del contrato terminara en cuanto el Arrendatario entregue el vehículo al arrendador.

15. El Arrendatario pagara al Arrendador, el precio diario marcado en el contrato de alquiler por el número de días que se estipule en el mismo, así como el precio diario de complementos tales como cascos, pitón, baúl, prendas de abrigo, guantes y cuantos se entreguen al arrendatario.

16. En caso de que el vehículo sea inmovilizado por circunstancias que sean culpa del arrendatario, este se hará cargo de todos los gastos derivados de la inmovilización.

17. El Arrendador entrega el Vehículo y demás material (pitón, baúl, cascos, etc.) al Arrendatario en perfecto estado de mantenimiento, habiendo realizado y superado el control de calidad pertinente.

18. Queda expresamente prohibido hacer modificaciones técnicas o de imagen del vehículo por parte del arrendatario sin el permiso expreso del arrendador.

19. El combustible a repostar en el vehículo se le indica en el contrato de alquiler, si repostase un combustible distinto al indicado, el arrendatario se hará cargo de los gastos que deriven de dicha actuación. El combustible consumido por el Vehículo durante el período de alquiler del mismo es por cuenta del Arrendatario.

MULTAS Y SANCIONES

20. Las multas o sanciones que les sean impuestas al arrendatario por infracciones del código de circulación vigente, o cualquier otra legislación aplicable serán a su cargo, si este no se hiciese cargo de las mismas, pagara al arrendador dichos importes, incluyendo recargos y gastos judiciales y extrajudiciales que se produzcan por dicha actitud.

21. Tendrá que pagar el arrendatario 50 euros en caso de que un empleado de MotoCity Rent deba desplazarse al depósito municipal para recuperar el vehículo que fue retirado por responsabilidad del arrendatario.

TRATAMIENTO INFORMÁTICO DE LOS DATOS PERSONALES.

22. En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se desarrolla la mencionada Ley Orgánica 15/1999 le informamos que presta su consentimiento expreso  e inequívoco para el tratamiento de sus datos personales recogidos en este contrato. Si el Arrendatario desea ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición podrá hacerlo mediante comunicación dirigida a Info@motocityrent.com.

 ANEXO CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS.

23. Para facilitar su cuantificación, los daños provocados en los vehículos arrendados, se dividen, a efectos de su cargo y con carácter específico, y sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones descritas en las presentes Condiciones Generales, en las siguientes cuatro categorías: CATEGORÍA 1.- Se cargarán entre 50 euros y 75 euros . Espejo roto o desaparecido. Luces / reflectores rotos. Pinchazo en rueda. Rotura de rueda. Casco dañado o desaparecido. Rasguños en un panel. Daños en los frenos. Pérdida de candados. Matrícula desaparecida. Pérdida de la documentación de la moto. Soporte roto o desaparecido. Pérdida de una llave / las llaves. Moto devuelta con retraso (además del precio de alquiler). CATEGORÍA 2.- Se cargarán entre 100 euros y 150 euros. Daños graves en un panel. Daños graves en los frenos. Asiento dañado. Rotulación dañada o modificada. CATEGORÍA 3 – Se cargarán entre 250 euros y 375 euros. Rueda dañada gravemente o desaparecida. Golpe en el tubo de escape. Daños graves en varios paneles. CATEGORÍA 4 – Se cargará el valor del vehículo en el mercado según la antigüedad y estado de la moto, pero nunca una cantidad inferior a 750 euros .Daños en la columna de dirección. Daños graves de la moto. Moto robada o desaparecida. Daños irreparables en la moto. Mediante este contrato el Arrendatario se compromete a pagar los importes de este listado por cada daño producido en los casos indicados.

LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLES.

24. El presente contrato se regirá y será interpretado de acuerdo con las leyes españolas.

25. Las cuestiones que se susciten con motivo de este contrato entre el Arrendador y el Arrendatario son de la competencia de los tribunales y juzgados españoles correspondientes a la ciudad dónde se firmó el contrato, a los que ambas partes se someten.

26. En caso de pleito derivado de este contrato, ambas partes se someten a los tribunales de Granada, con renuncia expresa de cualquier otro fuera.

 27. El Arrendador se reserva el derecho a denegar el alquiler en función del historial de incidencias del Arrendatario o del incumplimiento de las Condiciones Generales. Estas Condiciones Generales publicadas en la web del arrendador son las que se aplicaran en todos los alquileres que se produzcan, en caso de controversia estas serán las únicas aplicables. En la traducción del idioma puede haber errores, a efecto del contrato, las dos partes se regirán por las condiciones escritas en castellano.

En la traducción del idioma puede haber errores, a efecto del contrato, las dos partes se regirán por las condiciones escritas en castellano. Condiciones Generales, Coberturas  y Franquicias, válidos desde 2 de junio de 2014, salvo condiciones particulares. José Manuel Molina Castro (MotoCity Rent), con domicilio social en Calle Isaac Albéniz, 19-4ºA  18012-Granada, España, con CIF 24.234.832P.

Todos los precios aplicados por el Arrendador incluyen el IVA vigente en el momento de la prestación del servicio. El IVA vigente a la fecha de emisión de este documento es el 21%. En caso de cambio del IVA el importe final se incrementará o disminuirá en la variación del impuesto.